Portal de Trámites

Información otorgada por
Jefatura de Asesores del Gobernador
DNI - Recién nacido/a (0 años)
Es el primer DNI que se le realiza al recién nacido.
Presencial
¿Quién lo puede realizar y cuáles son sus requisitos?
expand_more expand_less- El menor debe estar acompañado por un mayor (madre, padre o representante legal, en cuyo caso debe presentar la documentación legal acreditante) con DNI.
- La acreditación del representante legal, en caso que corresponda, puede estar dada por los siguientes documentos:
- Oficio judicial de tutela permanente o provisoria del menor. Es otorgada por el juzgado de familia correspondiente. Debe contar con sello y firma del juez.
- Si el menor se encuentra en un hogar: autorización de representación firmada y sellada por el director de dicho establecimiento.
- Oficio judicial que otorga la tutela a asistentes sociales, autorizándolos así para representar al menor en los diferentes trámites. Debe contar con sello y firma del juez.
- Oficio judicial para padres adoptantes. Dicho oficio los autoriza a realizar trámites durante el proceso de adopción. Debe contar con sello y firma del juez.
- Debes presentar la Partida de Nacimiento Certificada (es decir, con firma y sello en original del oficial público).
Trámite gratuito
¿Dónde se realiza?
expand_more expand_lessPara conocer donde realizar el trámite hacé click acá.
¿Cómo finaliza el trámite?
expand_more expand_less- El ciudadano recibirá el DNI tramitado en su domicilio por correo.
Descargas
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