Portal de Trámites

Inscripción de nacimiento
A través de este trámite se permite la inscripción y obtención de la partida de nacimiento de un/a recién nacido/a (de hasta 40 días) de manera on/line, completá el formulario web como indica el siguiente video: Tutorial para ciudadanos y ciudanadas.
Para realizar el trámite de manera presencial, acercate a la Delegación del Registro Provincial de las Personas correspondiente al lugar de nacimiento o a la delegación que corresponda por domicilio a el/la/los progenitor/a/es, de lunes a viernes de 8 a 13 horas
Aclaraciones:
Para inscripciones una vez transcurridos los 40 días contados desde el nacimiento, sin que los/as interesados/as hayan solicitado la inscripción:
- El Registro de las Personas procede a la inscripción del nacimiento conforme lo establece la ley, contando con la constatación de parto remitida desde el establecimiento médico.
- En este caso, el Registro Provincial realiza la inscripción de oficio y labra el acta de nacimiento con la filiación de quien dio a luz.
- El/la/los progenitor/a/es deben presentarse con el/la recién nacido/a en una delegación para que se le entregue la partida de nacimiento.
En caso de que transcurridos los 60 días del nacimiento no se haya efectuado la inscripción por parte de el/la/los/las progenitor/a/es/as ni de oficio por el Registro, puede inscribirse al nacido o nacida hasta el primer año de edad:
- Este supuesto comprende los casos de nacimientos ocurridos en establecimientos médicos o fuera de los mismos y se efectúa en la delegación del Registro más cercana al domicilio.Realizado el trámite, se entrega la Partida de Nacimiento correspondiente.
- Además de cumplimentar los requisitos de Inscripción de nacimiento antes referidos, deberá completarse y firmarse un formulario para solicitar la intervención de la Asesoría de Menores e Incapaces.
En línea
¿Quién lo puede realizar y cuáles son sus requisitos?
expand_more expand_less- DNI de los/las progenitores/as. En caso de no poseer DNI deberán ir acompañados de dos testigos mayores de edad con DNI o documento que acredite identidad.
- De haber utilizado Técnica de Reproducción Humana Asistida (TRHA): Consentimiento previo, informado y libre de quienes se sometieron a dicha técnica. El consentimiento se realizará por escrito en el centro de salud interviniente y debe protocolizarse ante escribano público o ratificarse ante el oficial público de la Delegación donde se inscribirá el nacimiento.
- Constatación de parto remitida desde el establecimiento médico.
- Para las inscripciones hasta 40 días contados desde el nacimiento: 1. Troquel y número de constatación de parto 2. Certificado de vacuna B.C.G. o certificado médico donde se indiquen los motivos por los que no puede vacunarse a el o la recién nacido/a.
- Si el nacimiento se produjo fuera de un establecimiento médico: 1. Certificado emitido por un establecimiento médico asistencial público donde conste la edad presunta y sexo de el/la nacido/a, con la firma del profesional interviniente certificada por el Director del Hospital o por el Colegio de Médicos de la Provincia de Buenos Aires. 2. Certificado de vacuna B.C.G. o certificado médico donde se indiquen los motivos por los que no puede vacunarse el o la recién nacido/a. 3. Certificado médico de estado puerperal de quien dio a luz. 4. Declaración testimonial de 2 personas mayores con DNI que den fe de la relación de quien dio a luz y el/la hijo/a.
Trámite gratuito
¿Cómo finaliza el trámite?
expand_more expand_less- El trámite online demora 15 días hábiles y finaliza con el envío del acta de nacimiento a la casilla de correo electrónico declarada en la solicitud.
- El trámite presencial finaliza con la entrega de la partida de nacimiento.
Descargas
expand_more expand_lessSELECCIONÁ EL FORMULARIO