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Trámites generales - Presentación de Oficios Judiciales del Poder Judicial Nacional o Federal no incluidos en arts. 330 o 336 CF (implica pago de tasas administrativas)
A través de este trámite podrás hacer la presentación de Oficios Judiciales dirigidos a ARBA librados en el ámbito del Poder Judicial Nacional o Federal, y no incluidos en los casos establecidos en los artículos 330 y 336 del Código Fiscal de la provincia de Buenos Aires (implica pago de tasas administrativas), en los que se solicitan informes, datos, antecedentes o información que obren en los archivos, registros o cualquier fuente documental.
Tené en cuenta:
Para tramitar los Oficios se deberá abonar la Tasa Administrativa correspondiente (importe fijado por el artículo 70 inc. 21 de la Ley Impositiva del año en curso).
En línea
¿Quién lo puede realizar y cuáles son sus requisitos?
expand_more expand_less- En caso de requerir información sobre inmuebles, deberán constar los datos de nomenclatura catastral o partida inmobiliaria.
- Los pedidos de informes, testimonios y certificados, así como la remisión de expedientes ordenados en juicio, serán requeridos por medio de oficios firmados, sellados y diligenciados por el/la letrado/a patrocinante, con: transcripción del auto que lo ordena, carátula del juicio y juzgado donde tramita, Juez/a y/o Secretario/a y constancia de pago de tasas administrativas.
- Los oficios deben estar dirigidos a ARBA, firmados digitalmente, certificado y verificado a través de la plataforma.
- Este trámite puede ser realizado por: Letrado patrocinante a través de las plataformas autorizadas.
¿Cúales son sus pasos?
expand_more expand_less1Los Oficios Judiciales deben presentarse por medio del módulo de "Diligenciamiento Electrónico de Oficios a Organismos Externos" (DEOX) del "Sistema de Gestión Judicial".
Deberán dirigirse a los Códigos Únicos de Identificación de Organismos Externos (CUIO) constituidos, de acuerdo al detalle del siguiente enlace.¿Cómo realizar el pago?
expand_more expand_lessTARJETA DE DÉBITO
Tiempo mínimo de acreditación 72hs hábilesTARJETA DE CRÉDITO
Tiempo mínimo de acreditación de 21 días hábilesBOLETA PAPEL
Tiempo de acreditación según el medio de pago utilizadoCÓDIGO DE PAGO ELECTRÓNICO
Tiempo mínimo de acreditación 72hs hábilesSELECCIONÁ EL CONCEPTO DE PAGO
Tasa Administrativa 3¿Cómo finaliza el trámite?
expand_more expand_less- Este trámite finaliza al presentar los oficios judiciales por medio del módulo de "Diligenciamiento Electrónico de Oficios a Organismos Externos" (DEOX) del "Sistema de Gestión Judicial".
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